SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2893/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2893/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

concedió

Por Resolución de 19 de agosto de 2008, cursante de fs. 128 a 130, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, concedió el amparo constitucional, dejando sin efecto el memorando CC.VV.M/007/2008, respecto al retiro forzoso y disponiendo la inmediata reincorporación del recurrente a la función para la cual fue contratado, con resarcimiento de daños y perjuicios, en base al siguiente fundamento: a)  Al no haberse sometido al ahora recurrente a un proceso disciplinario en el que se pueda evidenciar la comisión de la conducta irregular que se acusa y que sirve de base para proceder a cesarlo en sus funciones, se ha vulnerado sus derechos y garantías constitucionales al debido proceso y al trabajo, habiendo actuado la autoridad recurrida de hecho, al emitir el referido memorado, desconociendo e inobservando la normativa de la institución; b) Al no abrirse procedo administrativo disciplinario, no se abrieron para el recurrente las vías de impugnación que reclama la autoridad recurrida en su informe; y, c) La demanda de amparo fue presentada dentro de los seis meses establecidos al efecto.