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    AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2010-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2010-O

    Fecha: 16-Abr-2010

    1.-

     
    El denunciante sostiene que no se ha dado cumplimiento a la SC 0670/2006-R de 12 de julio y al AC 0005/2007-O de 12 de abril, porque: 1.- Los recurridos no han pronunciado un nuevo auto y sólo han dictado uno complementario; 2.- No han señalado sobre el error en la base del remate. Consiguientemente, corresponde analizar si lo denunciado es evidente.

    • denuncia de incumplimiento
    • I.1.
    • 1)
    • 3)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • 1.-
    • III.1.
    • III.2.
    • desconociendo el valor de liquidación presentado por el perito oficial designado por el Juzgado, que fue ignorado en la subasta judicial.
    • aprobó dicha Resolución
    • “ARTÍCULO 535.- (Trámite de la tasación)
    • en este caso la base para la subasta y remate será el importe que arroje el informe pericial aprobado.
    • Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
    • oportuna y efectiva,
    • HABER LUGAR

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