III.1.
III.1. De acuerdo a la parte resolutiva de la SC 0670/2006-R de 12 de julio, el Tribunal Constitucional, ordenó a los Vocales recurridos dictar un nuevo fallo considerando el contenido de esa Sentencia. Consiguientemente, no se ha dado cumplimiento a dicha Sentencia, ya que simplemente se ha emitido un Auto Complementario y no un nuevo fallo.
- denuncia de incumplimiento
- I.1.
- 1)
- 3)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1.-
- III.1.
- III.2.
- desconociendo el valor de liquidación presentado por el perito oficial designado por el Juzgado, que fue ignorado en la subasta judicial.
- aprobó dicha Resolución
- “ARTÍCULO 535.- (Trámite de la tasación)
- en este caso la base para la subasta y remate será el importe que arroje el informe pericial aprobado.
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- oportuna y efectiva,
- HABER LUGAR
