III.2.
III.2. Por otra parte, con relación a la denuncia en sentido que los recurridos no se pronunciaron sobre el error en la base del remate, se debe señalar que de una lectura tanto del Auto complementario A-219/2007 de 26 de mayo, como del Auto de 30 de julio de 2007, se evidencia que los Vocales recurridos, no dieron cumplimiento material a la SC 0670/2006-R y AC 0005/2007-O.
- denuncia de incumplimiento
- I.1.
- 1)
- 3)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1.-
- III.1.
- III.2.
- desconociendo el valor de liquidación presentado por el perito oficial designado por el Juzgado, que fue ignorado en la subasta judicial.
- aprobó dicha Resolución
- “ARTÍCULO 535.- (Trámite de la tasación)
- en este caso la base para la subasta y remate será el importe que arroje el informe pericial aprobado.
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- oportuna y efectiva,
- HABER LUGAR
