Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2010-R
Fecha: 13-Abr-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero denominada Ley de Necesidades de Transición a los Nuevos Entes del órgano Judicial y Ministerio Público; arts. 7 inc.8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, (LTC) en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 3 de agosto de 2007, cursante de fs. 56 a 57, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de las provincias Arque, Bolívar y Capinota del Distrito Judicial de Cochabamba; en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, actualmente acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- 3)
- 4)
- 5)
- 8)
- c)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.11.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, y la garantía del debido proceso
- esenciales se mantienen
- Fragmento 18
- III.4.Sobre el mandamiento de aprehensión emergente de la declaratoria de rebeldía del imputado
- APROBAR