Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2010-R
Fecha: 13-Abr-2010
II.4.
II.4. El 4 de mayo de 2007, la Fiscal a cargo de la investigación formuló imputación formal contra el representado de la accionante por la presunta comisión de los delitos de peculado y malversación (fs. 8 a 9), que fue notificada al imputado el 17 de mayo de 2007, en su domicilio de calle “Raúl Arce s/n”, quien según la diligencia cursante a fs. 10, no se encontraba, dejándose copia a su hija Daniela Vidal Montaño, ahora accionante. A través del proveído de 23 de mayo de 2007, la Jueza demandada dispuso se tenga presente la imputación, señalando audiencia de medidas cautelares para el 28 del mismo mes y año (fs. 10 vta.).
- recurso de hábeas corpus, actualmente acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- 3)
- 4)
- 5)
- 8)
- c)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.11.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, y la garantía del debido proceso
- esenciales se mantienen
- Fragmento 18
- III.4.Sobre el mandamiento de aprehensión emergente de la declaratoria de rebeldía del imputado
- APROBAR