SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2010-R
Fecha: 03-May-2010
II.2.
II.2. El 9 de octubre de 2007, la Fiscal recurrida tomó conocimiento de la existencia de una encomienda sospechosa en la empresa “Transfer Latina”, que habría sido depositada por una persona identificada como Carlos Moreira Méndez, por lo que en presencia de funcionarios de “Transfer Latina”, policías y la Fiscal, procedieron a la apertura de la encomienda (caja de cartón) en cuyo interior se encontró cocaína; además, a la recepción de su declaración informativa, portaba dos cédulas de identidad, una a nombre de Juan Carlos Moreira Méndez y la otra de Cándido Saucedo Tomicha, siendo este último el verdadero nombre del representado del recurrente; por lo que se inició la investigación e imputación formal contra Juan Carlos Moreira Méndez o Cándido Saucedo Tomicha (fs. 2 a 4 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus en el supuesto de actuaciones ilegales fiscales y policiales en la etapa preparatoria
- Fragmento 17
- III.4. El caso en análisis
- la parte accionante debió acudir ante el Juez cautelar de turno
- procedente