Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2010-R
Fecha: 03-May-2010
II.2.
II.2. Mediante informe del Oficial de Diligencias del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, se evidencia que éste se apersonó al supuesto domicilio de la imputada en la av. Busch (casa de repuestos Hurtado), dejando aviso judicial para retornar al día siguiente, constituyéndose por segunda vez y al no encontrarla dejó copias de ley al Secretario de dicha oficina (fs. 8 vta).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- 1)
- Fragmento 6
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÌDICOS DEL FALLO
- a)
- b)
- accionante,
- “conceder”
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- Fragmento 22
- REVOCAR