SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2010-R

Fecha: 03-May-2010

II.5.

II.5.  Mediante decreto de 30 de noviembre de 2001, se instruyó que se proceda a la citación por edicto de la representada del recurrente para que en el término de diez días se presente ante despacho judicial, bajo previsión de ser declarada rebelde conforme al art. 250 del CPP; hecho que motivó acta de declaratoria de rebeldía de ésta, en la que se ordenó el secuestro de sus bienes y la suspensión de sus derechos de ciudadanía, designándole como abogado de oficio a Omar Pérez Rodríguez (fs. 26 vta).