Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2010-R
Fecha: 04-May-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo relatado plantea recurso de amparo constitucional contra Juan del Granado Cosio, Alcalde Municipal de la ciudad de La Paz, Ronald H. Cortez Castillo, Jefe de la Unidad Especial de Recaudaciones, Jimena Zambrana Cárdenas y Ana Zumaran R., abogadas de la referida Unidad, solicitando sea declarado procedente y como consecuencia se disponga que la Unidad Especial de Recaudaciones del Gobierno Municipal de La Paz, anule obrados hasta el vicio más antiguo y se inicie un proceso debidamente dirigido en su contra, señalando sus nombres y apellidos correctos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- concede parcialmente
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 14
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- consiente de forma libre y expresa el acto constitutivo de la lesión a los mismos,
- esa excepción es la improcedencia del amparo por los actos consentidos libre y expresamente
- la manifestación de la voluntad debe demostrar, de manera indubitable, el consentimiento a la amenaza o lesión a algún derecho fundamental
- III.4. El caso de análisis
- de un lado, fue ese el nombre que la contribuyente consignó en el Padrón Municipal de Contribuyentes y, de otro, es el que ella misma utilizó en la nota antes mencionada,
- III.5. En cuanto a la inmediatez del amparo y el derecho de petición
- dentro del término de seis meses
- el principio de inmediatez no importa la utilización discontinua o esporádica de los medios y recursos previos a la interposición del amparo
- en el plazo máximo de seis meses,
- transcurrieron casi ocho meses
- Fragmento 26
- el Recurso sea dirigido contra el sujeto que ejecutó el acto ilegal o la omisión indebida
- REVOCAR