SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2010-R

Fecha: 04-May-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante señala que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a formular peticiones, defensa y al debido proceso,  por cuanto el proceso tributario nació viciado de nulidad ya que todas las notificaciones, desde el primer acto procesal, se practicaron a “Mónica y Madre Pantoja Aguirre”, nombre con el que no se identifican ni ella, ni su hija, lo que motivó que el 16 de septiembre de 2005 formule nulidad de obrados, pedido reiterado el 9 de mayo de 2006, que sin embargo -afirma- ambos no merecieron consideración ni resolución alguna y no obstante sus pedidos pendientes de resolución, el 14 de agosto de 2006, le notificaron con el Auto de Ejecución Tributaria C.C.066/2006, por el cual conminan nuevamente a “Mónica y Madre Pantoja Aguirre”, al pago de impuesto a la propiedad de bienes inmuebles.