SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2010-R

Fecha: 04-May-2010

III.4. El caso de análisis

La accionante señala vulneración a sus derechos a formular peticiones, a la defensa y la garantía del debido proceso por cuanto considera que el proceso tributario nació viciado de nulidad ya que todas las notificaciones, desde el primer acto procesal, se practicaron a “Mónica Madre Pantoja Aguirre”, nombre con el que no se identifican ni ella ni su hija, lo que motivó que el 16 de septiembre de 2005 formule nulidad de obrados, pedido reiterado el 9 de mayo de 2006, que sin embargo -afirma- ambos no merecieron consideración ni resolución alguna. Alega que no obstante sus pedidos pendientes de resolución, el 14 de agosto de 2006, le notificaron con el Auto de Ejecución Tributaria C.C.066/2006, por el cual conminan nuevamente a Mónica y Madre Pantoja Aguirre, al pago de impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, actos con los que arguye, han lesionado sus derechos.