SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2010-R
Fecha: 10-May-2010
II.1.
II.1. A raíz de una denuncia contra supuestos autores de los delitos de estafa y asociación delictuosa, los hoy recurrentes fueron aprehendidos el 3 de febrero de 2007 y llevados a audiencia cautelar el 5 del mismo mes y año; en la que el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Tarija, dispuso su detención preventiva con los siguientes fundamentos: 1) Por las declaraciones de las víctimas, las actas de reconocimiento de personas y demás actuaciones, los imputados son con probabilidad autores de los delitos imputados; y, 2) El peligro de fuga se encuentra latente, pues los imputados son de nacionalidad peruana, no acreditaron domicilio o trabajo, tienen facilidades para abandonar el país, pues ingresaron en forma ilegal sin contar con documentación. Resolución que no fue objeto de apelación.
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- las actas de reconocimiento de personas
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- indebidamente procesada
- no fueron dejadas sin efecto
- APROBAR