SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2010-R
Fecha: 10-May-2010
II.5.
II.5. Por memorial de 10 de agosto de 2007, los recurrentes apelaron de la anterior Resolución aduciendo que: a) Al haberse determinado la ilegalidad de la aprehensión por Auto de 19 de junio de 2007, existe la imposibilidad de analizar los riesgos procesales de fuga u obstaculización, no obstante el Tribunal de Sentencia ultra petita revisó la Resolución, señalando que debió pronunciarse nueva resolución de medida cautelar citando la SC 1249/2004-R, que no corresponde a supuestos fácticos análogos al caso; b) El muestrario fotográfico aludido por el Tribunal recurrido fue obtenido producto de la aprehensión ilegal y exhibidos posteriormente por las supuestas víctimas; c) Aún en el supuesto de existir un reconocimiento por las supuestas víctimas dicho elemento es insuficiente para sostener su probable autoría; y, d) El Tribunal subsanó de oficio nulidades absolutas sin tomar en cuenta que la denuncia, las fotografías y el informe de la policía son producto de un reconocimiento ilegal declarado nulo (fs. 11 a 13 vta.).
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- las actas de reconocimiento de personas
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- indebidamente procesada
- no fueron dejadas sin efecto
- APROBAR