SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2010-R
Fecha: 10-May-2010
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 1 de agosto de 2007, los recurrentes solicitaron al Tribunal Segundo de Sentencia, conformado por los Jueces recurridos, la cesación de su detención preventiva, aduciendo la existencia de nuevos elementos que desvirtuarían los motivos que la fundaron, como que todos los actos investigativos que precedieron a la aplicación de la medida cautelar fueron declarados nulos por el Juez de garantías a través del Auto de 19 de junio de 2007; que la acusación se basa en pruebas obtenidas de manera ilegal producidas en mérito a la aprehensión ilegal e indebida; y que el Fiscal no presentó ninguna literal que acredite el peligro de fuga, basándose en valoraciones subjetivas (fs. 3 y vta.).
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- las actas de reconocimiento de personas
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- indebidamente procesada
- no fueron dejadas sin efecto
- APROBAR