SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2010-R

Fecha: 10-May-2010

II.4.

II.4.  El Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Tarija, por Resolución dictada en audiencia de 3 de agosto de 2007, declaró la improcedencia de la solicitud, con los siguientes argumentos: i) El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, al resolver el incidente de nulidad planteado no sólo debió declarar su nulidad sino pronunciar nueva resolución de medida cautelar en base a prueba legal, conforme señala la SC 1249/2004-R; ii) Las actas de reconocimiento de las víctimas constituyen elementos suficientes para sostener la probabilidad sobre la autoría cumpliéndose lo prescrito en el art. 233 inc. 1) del CPP; e, iii) La nueva literal presentada no desvirtúa los peligros de fuga y obstaculización, por cuanto el contrato de alquiler no cuenta con registro en DD.RR., el certificado domiciliario es de la ciudad de El Alto y el contrato de trabajo no tiene reconocimiento de firmas (fs. 4 a 6).