Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2010-R
Fecha: 17-May-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, alega la supuesta vulneración de los arts. 7 inc. d) y 157 de la CPEabrg; ahora arts. 46.1, 48.III Constitución Política del Estado vigente (CPE); Convenio 52 de la OIT; art. único del DS 12058; art. 22 Decreto Reglamentario al Estatuto del Funcionario Público, respecto del supuesto derecho al pago fraccionado de vacación por despido, por cuanto la Prefectura, ahora demandada, se niega a pagar este beneficio al amparo de lo establecido en el Estatuto del Funcionario Público. Corresponde analizar, en revisión, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- ii
- “accionante”
- “conceder”,
- III.3.1.
- III.3.2.
- 1)
- III.3.3.
- III.3.4.
- III.3.5.
- APROBAR