SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0132/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0132/2010-R

Fecha: 17-May-2010

ii)

ii) La resolución de las costas judiciales y el Auto de Vista que confirma éstas, es el mismo Auto de Vista de 15 de marzo de 2006, los que están dictados dentro del ámbito y de conocimiento de las costas procesales, por lo que no puede declararse la admisión y conocimiento del presente recurso de amparo constitucional, ya que éstas costas procesales no están vulnerando derecho alguno al debido proceso.