SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0144/2007-R
Fecha: 17-May-2010
i)
El recurrente, alega que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la petición, al debido proceso, a la defensa y al ejercicio de la función pública; puesto que el Rector, el Jefe de Recursos Humanos, el Secretario General, y los miembros del Consejo Universitario de la UPEA, actuaron de la siguiente forma: i) Le obligaron a renunciar a su cargo de Vicerrector de la UPEA; ii) Lo suspendieron ilegalmente de las cátedras que regentaba como docente contratado; iii) Pese a las constantes solicitudes, no reconsideraron su suspensión y reincorporación como Vicerrector; y, iv) No le franquearon fotocopias de la Resolución que lo suspendió de sus cátedras, pese a la existencia de una orden judicial. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de amparo constitucional, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales, lesivos a los derechos fundamentales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- ii.
- iii.
- iv.
- v.
- vi.
- vii.
- viii.
- b)
- concediendo
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- i)
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- III.2.
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Con relación a la renuncia del accionante como Vicerrector de la UPEA
- III.4. Con relación a la suspensión de la cátedra del accionante
- III.5. Con relación a su derecho de petición
- III.6. Con relación a la subsidiariedad del recurso
- APROBAR