SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0167/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0167/2010-R

Fecha: 17-May-2010

III.3.1. Alcances de la sentencia civil

Dentro de las resoluciones judiciales se encuentran entre otras, a los decretos, autos interlocutorios simples y definitivos, sentencias, autos de vista y autos supremos, cada una de ellas con finalidades distintas que cumplir: unas ordenan la sustanciación del proceso, otras depuran la tramitación de la causa, otras ponen término y resuelven el fondo de la controversia. Esta gama de resoluciones le sirven al juzgador para ir resolviendo las vicisitudes de la actividad procesal (intra proceso), para que en su momento y cuando corresponda pueda decidir el litigio mediante una resolución que de la razón a quien corresponda, según los datos del proceso (pruebas), en congruencia con lo demandado y excepcionado (de lo pedido por el actor y los sostenido por el demandado).

Ya en su momento, después de pronunciado el decreto de autos (proceso ordinario) o vencido el término de prueba o cuando no se ha opuesto excepciones (proceso ejecutivo), el juez de la causa pronunciará sentencia, para este fin el legislador ha previsto la forma de dicha resolución judicial en el art. 192 del CPC.