SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2010 -R
Fecha: 24-May-2010
III.7. Con relación a la tramitación en la primera parte del plenario
Por motivos que no fueron expuestos en la presente acción, la primera parte de la etapa del plenario dentro del proceso penal seguido en contra del representado del recurrente, fue sustanciado por el Juez Octavo de Partido en lo Penal Liquidador del Distrito Judicial de La Paz, autoridad judicial que tampoco fue demandada dentro de la presente acción y ante quien, pese a que conocía del tramite, jamás se apersonó y menos presentó reclamo alguno respecto a supuestas irregularidades dentro del mismo. En consecuencia, los motivos expuestos con relación a la etapa de la instrucción en el Fundamento precedente, son aplicables también para esta fase del proceso y por lo tanto, al haber precluído su derecho, no corresponde su análisis.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Agotamiento de vías legales
- III.4. Sobre el procesamiento ilegal o indebido y el recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.5. Naturaleza jurídica y legitimación pasiva en el recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.6. Con relación a la tramitación del proceso en la etapa de la instrucción
- III.7. Con relación a la tramitación en la primera parte del plenario
- III.8. Con relación a la actuación de la autoridad jurisdiccional demandada
- III.9. Sobre la actuación de los Defensores de Oficio
- Fragmento 30