SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2010-R

Fecha: 24-May-2010

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Respecto al cambio de destino dispuesto con relación al representado de la recurrente, cabe aclarar que, el mismo se produjo conforme a la normativa legal vigente contenida en el Código de Procedimiento Penal Militar, al igual que la emisión del exhorto suplicatorio, que se encuentra respaldado por el art. 65 inc. ñ) de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas y respecto al contrato de arrendamiento suscrito entre el Ejército y el representado de la recurrente, el Ccapítulo V-3 de la Resolución 36/97 del Comando General del Ejército, dispone que el mismo rescinde de manera automática a los siete días de cambio de destino y sus derechos a la seguridad social y a la educación pueden ser ejercidos desde cualquier destino.