Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.14.
II.14. Por Auto de 23 de agosto de 2006, el Comandante General del Ejército, determinó dejar sin efecto el sumario que se venía tramitando en contra del sindicado, debiendo reproducirse la investigación, esta vez a cargo de Isaac Olivera Palacios y Tania Villalba Villa, como nuevos Juez Sumariante y Secretaria, respectivamente (fs. 108). Auto con el que se citó al representado, el 30 de agosto de 2006, a horas 9:30 en Villamontes, para que preste su declaración indagatoria el 1 de septiembre de ese año, dentro del nuevo sumario instaurado en su contra por los mismos delitos (fs. 39).
- amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- Fragmento 7
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- i)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Marco normativo que rige en las Fuerzas Armadas
- III.4. Con relación al sumario informativo
- III.5. Principio del non bis in idem
- III.6. Caso concreto
- REVOCAR