Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0193/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.1
II.1. En el proceso de asistencia familiar seguido por Aida Florencia Villca contra Rubén Cáceres Yauripara, radicado en el Juzgado Tercero de Instrucción de Familia del Distrito Judicial de Oruro, a solicitud de la parte demandante, mediante Auto de 09 de noviembre de 2005, el Juez de la causa previos los trámites de rigor, ordenó la regularización del trámite de asistencia familiar, declaró la rebeldía del demandado ante la falta de contestación a la demanda y ordenó que con ese Auto sea notificado en su domicilio conocido mediante cédula y al mismo tiempo señaló audiencia preliminar (fs. 17 vta.).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurridas y petitorio
- 1.
- concedió
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2. Por memorial de 21 de noviembre de 2005,
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- providencias judiciales
- III.3.1.Decretos, Autos interlocutorios, Sentencias, Autos de Vista y Autos Supremos.
- III.3.2.Deber de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- III.3.3.Pertinencia del Auto de Vista o resolución de Segunda instancia
- o anulatorio o repositorio
- Fragmento 19
- III.4. La problemática planteada
- POR TANTO
- 1.º APROBAR en parte