Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0222/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.1.
II.1.Dentro del proceso penal por violación seguido por el Ministerio Público a querella de Felicidad Moreira Achá contra José Liván Aramayo Terrazas, en la audiencia de aplicación de medida cautelar de 2 de febrero de 2007, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal dispuso la detención preventiva del imputado en el penal de "San Sebastián" basándose en la existencia de los elementos incursos en los arts. 234.1 y 235.1 del CPP (fs. 2 a 4 vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre el deber del tribunal de alzada de circunscribirse exclusivamente a los aspectos impugnados por el apelante
- sólo puede procederse a la revisión de ese análisis cuando el juzgador se aparte de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
- valoración
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR