SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0235/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0235/2010-R

Fecha: 31-May-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente a través de su abogado ratificó el memorial del recurso, agregando que fue destituido sin proceso previo que merezca resolución ejecutoriada del Consejo Universitario, facultad que se atribuyó la autoridad recurrida, sin cumplir el art. 81 del Reglamento de Régimen Académico Docente de la Universidad Boliviana, que en su art. 6 reconoce las categorías de docentes honoríficos, extraordinarios y ordinarios, dentro de estos últimos, la de docentes contratados, que le corresponde al estar en ejercicio del cargo durante más de siete años, independientemente que está trabajando como docente más de diez. Se le dio un trato desigual respecto a otros docentes que también recibieron preaviso de conclusión de contrato, quienes actualmente se encuentran trabajando, mientras que en su caso sus reclamos no fueron escuchados ni tratados en el Consejo Universitario según consta de las actas levantadas desde el 8 de febrero hasta el 4 de septiembre de 2006.