SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0247/2010-R
Fecha: 31-May-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el escrito presentado el 19 de noviembre de 2007, de fs. 52 a 55, el recurrente, manifiesta que es representante legal de la Fundación AGROCAPITAL, legalmente constituida, sin fines de lucro, contando al efecto con la personería reconocida. Es así, que el SIN declaró a la Fundación exenta del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), es decir que es un sujeto pasivo no obligado a llevar registros contables ni a presentarlos; empero, la misma entidad inició proceso tributario por las gestiones 2003 y 2004, con Orden de Fiscalización 0006FE0077 de 1 de agosto de 2006, bajo la modalidad de fiscalización parcial, con el fin de revisar el impuesto a las utilidades de las empresas, correspondientes a dichas gestiones, proceso que a la fecha está en trámite por lo que al no haber concluido no tiene Resolución determinativa que haya adquirido la calidad de acto administrativo firme y no obstante de ello, los de GRACO, han iniciado contra la Fundación que representa, un ilegal proceso penal, solicitando a la Fiscal orden de allanamiento, requisa y secuestro de documentación, autoridad que mediante requerimiento de 30 de octubre de 2007, informó del inicio de la investigación al Juez de Instrucción de Turno en lo Penal, solicitando mandamiento de allanamiento a las oficinas de la Fundación AGROCAPITAL, en contravención al art. 100 del Código Tributario Boliviano (CTB), petición que en principio fue condicionada por la autoridad jurisdiccional a que previamente debería existir delito para ordenar el allanamiento además de que se identifique al representante legal de la Fundación AGROCAPITAL; sin embargo, la representante del Ministerio Público, desconociendo las normas tributarias, reiteró la orden de allanamiento induciendo en error a la Jueza, el que se ejecutó con prepotencia. De esta manera, se encuentra indebidamente procesado penalmente por la Fiscal recurrida, quien sin reparar en la prejudicialidad de la investigación tributaria, de hecho ha convertido un acto administrativo en un juicio penal, por lo que se siente ilegalmente perseguido.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades, funcionarios recurridos y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fragmento 6
- GRACO
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- persecución indebida
- Fragmento 18
- III.4. El caso en examen
- III.5.Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APROBAR