SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0297/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
II.1.
II.1. En el Juzgado Cuarto de Partido y de Sentencia de la ciudad de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, a cargo de la autoridad recurrida se tramitó el proceso penal seguido por Alberto Mamani Huanca e Irene Chávez de Mamani contra Lucia Ticona de Morales y otros, por el delito de despojo y apropiación indebida, en la misma, mediante Resolución 53/2004 de 12 de julio, se dictó Sentencia condenatoria contra los procesados -entre ellos la recurrente-, imponiéndoles una pena privativa de dos años de reclusión, y ante la concurrencia de los requisitos señalados en el art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), son beneficiados con el perdón judicial (fs. 92 a 95 vta.); apelada ésta Resolución el Tribunal de alzada mediante Resolución 669/2004 de 22 de octubre, reponiendo obrados dispone que el juez de origen dicte auto complementario respecto al delito de apropiación indebida en mérito a que no existía pronunciamiento con relación a este aspecto (fs. 136 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- procedente
- I.2.1.
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- sin tener competencia
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 18
- SC 0096/2010-R
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- En cuanto al derecho al debido proceso
- En cuanto al derecho a la defensa
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- no tiene competencia para expedir mandamiento de lanzamiento
- SC 0099/2010-R de 10 de mayo
- APROBAR