SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0297/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0297/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

III.3. Análisis de la problemática planteada

El caso de autos, de donde emerge la presente acción tutelar se trata de una Sentencia penal ejecutoriada en la cual se dispuso “la restitución del bien inmueble”, tal cual se tiene explicado en el punto II.2 de las Conclusiones, a raíz de lo cual el Juez demandado, emitió mandamiento de lanzamiento, tendiente a cumplir su fallo. Al respecto conviene precisar que el art. 428 del CPP, dentro del Libro Cuarto “Ejecución Penal”, refiriéndose a la competencia, señala que: “las sentencias condenatorias serán ejecutadas por el Juez de Ejecución Penal, quien tendrá competencia para resolver todas las cuestiones o incidentes que se suscitaren durante la ejecución”.