SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su representado, por el delito de homicidio, lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito y conducción peligrosa, por el hecho suscitado el 5 de diciembre de 2007, a horas 4:30, cuando su mandante retornaba a su domicilio en su vehículo, se produjo un hecho de tránsito que tuvo; posteriormente, como resultado la muerte de Alicia Espinoza de Mamani de 75 años, en la audiencia de medidas cautelares, el Juez de la causa por Resolución 565/2007 de 6 de diciembre, dispuso la detención preventiva.
Señala que apeló dicho fallo, el que se confirmó por la Sala Penal Primera, sin considerar que tanto el Juez como los Vocales conocían que la privación de libertad era ilegal, por falta de motivación con respecto a la aprehensión, cuando el Juez sin ningún fundamento manifiesta que la aprehensión es legal por tratarse de un hecho flagrante. Que se privó de la libertad a su representado sin darle tiempo razonable para que prepare su defensa; al determinarse la probabilidad de autoría, el Juez de la causa excedió su competencia introduciendo situaciones de derecho y no se valoraron todas las circunstancias existentes, considerando que trató de fugarse luego de producido el hecho, sin que se ofertara ningún elemento de juicio para sostener esta categoría jurídica; el término fuga no obedece a la descripción clara ni concreta del hecho.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus
- Fragmento 19
- III.5. El caso en análisis
- APROBAR