Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Plantea recurso de hábeas corpus contra Gerardo Torres Antezana, Ángel Aruquipa Chui, Presidente y Vocal de la Sala Penal Primera, respectivamente, de la Corte Superior; y Roger Valverde Pérez, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, todos del Distrito Judicial de La Paz, solicitando se declare procedente y se deje sin efecto la Resolución 565/2007 de 6 de diciembre, dictada por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, así como el Auto de Vista 1041/07 de 19 de diciembre de 2007, pronunciado por la Sala Penal Primera y se disponga su inmediata libertad.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus
- Fragmento 19
- III.5. El caso en análisis
- APROBAR