SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

improcedencia

La Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dictó la Resolución 01/2008 de 9 de enero, cursante de fs. 94 a 96 vta., declarando la improcedencia del recurso de hábeas corpus; con los siguientes fundamentos: i) La jurisprudencia del Tribunal Constitucional estableció el carácter subsidiario del recurso cuando las partes optan por otras vías que de igual manera son inmediatas para la reparación invocada; ii) En ese caso tanto la autoridad recurrida, el Juez, y la parte recurrente reconocieron que existe una solicitud de cesación de medidas preventivas pendiente de resolución; y, iii) En el caso en particular existen dos vías para la reparación de posibles violaciones a los derechos fundamentales, una es la apertura de un recurso constitucional y otra la cesación a la detención preventiva prevista en el ordenamiento jurídico y mientras no sea resuelta no se abre la competencia de este tribunal de garantías constitucionales; por consiguiente, no se puede ingresar al fondo del recurso.