SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
recurso de hábeas corpus, ahora
En revisión la Resolución 01/2008 de 9 de enero, cursante de fs. 94 a 96 vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Rodrigo Kurt Pereira Ramallo en representación sin mandato de Emilio Alarcón Mamani contra Gerardo Torres Antezana y Ángel Aruquipa Chui, Presidente y Vocal de la Sala Penal Primera, respectivamente, de la Corte Superior, y Roger Valverde Pérez, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de su representado al debido proceso, a la defensa y a la "seguridad jurídica", citando al efecto los arts. 16.II y IV y 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus
- Fragmento 19
- III.5. El caso en análisis
- APROBAR