SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

a)  Ley 3506 de 27 de octubre de 2006:

a)  Ley 3506 de 27 de octubre de 2006: Dispuso la liquidación del SNC, y cuya finalidad fue normar este proceso, estableciendo las atribuciones del Liquidador y transferir todos los proyectos que administra dicha entidad a una nueva a crearse para el efecto. Establece, en su art. 3.3, que los procesos administrativos, judiciales y arbitrales, seguidos en contra o iniciados por el SNC, serán asumidos por el SNC en Liquidación; asimismo, en la Disposición Final segunda, indica que las obligaciones en contra del SNC, declaradas legal o judicialmente, serán previstas por el Ministerio de Hacienda, para que a través de su Liquidador se efectúe la inscripción, verificación y programación del pago conforme a la disponibilidad presupuestaria de la Cuenta de Contingencias que se establezca anualmente. En virtud a ello, el referido Ministerio procedería a efectuar las respectivas previsiones, conforme a la disponibilidad presupuestaria, y para ello, requería indispensablemente de las auditorías legales y técnicas con los dictámenes respectivos debidamente aprobados. Es decir, que el Ministerio de Hacienda a través del Liquidador, efectuaría los pagos de aquellas obligaciones judiciales, administrativas y arbitrales declaradas legales, que cuenten con el respaldo de una auditoría técnica y legal para proceder con el pago respectivo, conforme la disponibilidad presupuestaria.