SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

Fragmento 8

         También, hizo conocer a la autoridad judicial, que conforme las previsiones de la Ley 3506 que norma el proceso de liquidación del SNC, los procesos judiciales, administrativos y arbitrales serán asumidos por el SNC en Liquidación, que realizará auditorias legales y técnicas a todos los procesos señalados, que deriven en obligaciones económicas en su contra, y aquellas declaradas legales y/o judicialmente serán previstas por el Ministerio de Hacienda; para que, a través del liquidador, se efectúe la inscripción, verificación y programación del pago, conforme a la disponibilidad presupuestaria de la Cuenta de Contingencias que se establezca anualmente. Asimismo, solicitó se deje sin efecto la conminatoria solicitada por el actor, debido a que el expediente sería sometido a auditoría, para determinar la fecha de pago de acuerdo a la Resolución SNC-L 18/2007 de 11 de junio (fs. 15 a 17 y vta.).