Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0363/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.4.
II.4. Roger Gonzalo Rivero Salvatierra, en calidad de heredero ab intestato de Roger Rivero Sánchez, el 15 de junio de 2005, promueve incidente de nulidad de obrados, refiriendo que sus padres, nunca fueron notificados con la demanda, ni con el Auto Intimatorio, peor aún con la Sentencia (fs. 312 a 314).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- Fragmento 5
- i)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. De la intervención de terceros interesados dentro de los procesos civiles
- III.3.2. De la notificación con el recurso de amparo constitucional a tercero interesado
- III.4. Análisis del caso
- ANULAR