SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0364/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0364/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La recurrente, a través de su abogado, ratificó el tenor íntegro del recurso, agregando que existe una nueva acta del Comité, donde fue ratificada en su elección por las distintas OTB´s del Municipio; sin embargo, la autoridad recurrida sin que sea su función rechazar o inmiscuirse en una elección que corresponde a las OTB, vulneró el derecho a la seguridad jurídica y al no haber respondido ninguna de las cartas de solicitud de acreditación, lesionó también su derecho de petición.

Ejerciendo su derecho a la réplica, denunció que se realizó una elección fraguada de un Comité de Vigilancia con el fin específico de perjudicarla, inventando OTB´s que no existen, además que otras organizaciones y el propio Alcalde Municipal la reconocieron como Directiva del Comité de Vigilancia por lo que corresponde que el Concejo reconozca esa acreditación y le entregue la documentación para el buen desenvolvimiento de la función para la que fue elegida.