SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0364/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0364/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

II.6.

II.6.    El 10 de agosto de 2006, a través de la nota HAMP 67/2006, el Alcalde Municipal de Porvenir, respondiendo a la solicitud de información presupuestaria solicitada por la recurrente, señaló haber cumplido con tal deber al remitir los mencionados informes al Comité de Vigilancia, presidido por Oswaldo Valdivia, el 10 del referido año y que de acuerdo al informe del Concejo Municipal no existe otra Directiva (fs. 34).