SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0369/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señala que la autoridad demandada vulneró los derechos de la empresa que representa a la seguridad jurídica y a la defensa, aduciendo que por Auto de 17 de octubre de 2006, rechazó el recurso de alzada interpuesto contra el Auto de 18 de septiembre del mismo año, dictado por la Gerencia de GRACO de Santa Cruz, en respuesta a su solicitud para que se dejen sin efecto acciones coactivas contra la empresa que representa como emergencia de un pliego de cargo, rechazo que se sustenta en fundamentos erróneos, pues la determinación adoptada por la administración tributaria configura un pronunciamiento que puede ser recurrido ante la Superintendencia Tributaria conforme a los arts. 3 y 4 de la Ley 3092, al haber dictado una decisión definitiva sobre cuestiones de fondo. Asimismo, se le negó la excepción de prescripción que planteó cuando la SC 1606/2002-R, estableció que la cobranza coactiva no constituye impedimento para solicitarla si está probada. En revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Auto de 18 de septiembre de 2006
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1.
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- 1)
- idóneos
- conforme a las normas y procedimientos establecidos en el Código Tributario de 1992
- el acto por medio del cual la autoridad tributaria acepta o rechaza la prescripción, debe ser recurrible por medio de los recursos establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo, conforme dispone expresamente su art. 56
- prescripción
- APROBAR