SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0373/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente, alega que su mandante, Fernando Enrique Viacava Donoso, mediante “minuta privada de 22 de enero de 2003” (sic), debidamente reconocida, adquirió en calidad de compra de la empresa “Pentagro Ltda.”, el inmueble ubicado en la provincia Chiquitos, zona este, Tres Cruces, parcela 33, “con una superficie de 112.0000 has” (sic), registrado en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula 7.05.1.02.0000243, inscrito preventivamente el 24 de enero de 2003; luego de cumplir con el trámite necesario para la inscripción definitiva del inmueble, en estricta aplicación a lo dispuesto por el art. 1553.II del Código Civil (CC), procedió a registrarlo definitivamente el 22 de junio de 2004, bajo el asiento A-3.
Con esos antecedentes, y al tener registrado su derecho propietario, constata que en su matrícula existe una anotación preventiva ordenada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, por la suma de $us91985,18.- (noventa y un mil novecientos ochenta y cinco 18/100 dólares estadounidenses), emergente de un proceso ejecutivo, incoado por la empresa BASF Bolivia S.R.L. contra “Pentagro Ltda.”; anotación preventiva, registrada en el asiento B-7 de la matrícula mencionada, el 5 de noviembre de 2003, constando el acta de embargo de 21 de octubre de ese año. Ante esa situación, se apersonó al Juez de la causa e interpuso tercería de dominio excluyente el 23 de agosto de 2004, que mereció el Auto de 16 de noviembre de ese año, declarándola improbada, con el argumento de que “Para el caso que nos ocupa, se tiene que el embargo y la anotación preventiva a favor de la parte ejecutante es con anterioridad al derecho de propiedad que tiene demostrado el tercerista” (sic).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la tercerías de dominio excluyente
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- REVOCAR