SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0373/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0373/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

II.4.

II.4.  Cursan los folios reales, por los cuales se evidencia que el tercerista inscribió la anotación preventiva de los tres inmuebles o fundos rústicos el 24 de enero de 2003. La inscripción definitiva, se efectuó el 15 de marzo de 2004, en cuyo folio real no son legibles los números de registro; y la del 22 de junio de 2004, figurando el inmueble registrado con la matrícula 7.05.1.02.0000243 (fs. 109 y vta.; 161 vta.; y 165 vta.).