SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0373/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0373/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

II.5.

II.5.  Las tercerías interpuestas, se resolvieron por Autos de 16 de noviembre de 2004 y de 5 de octubre de 2005, declarándolas improbadas; con el fundamento que, la tercería excluyente debe estar acompañada precisamente de un documento público o privado reconocido, que demuestre el dominio sobre el inmueble debidamente inscrito en la repartición que correspondiere, con anterioridad a la inscripción del embargo o del título contra el cual se opusiera; y por otra parte, que el embargo y la anotación preventiva a favor de la parte ejecutante, es con anterioridad al derecho de propiedad que tiene demostrado el tercerista (fs. 152 a 153; y fs. 177 a 178).