SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0375/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0375/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

1)

En audiencia, el abogado de Gonzalo Cruz Vera, autoridad recurrida, manifestó que: 1) La autoridad correcurrida, Joaquín Arze Solíz, no fue citado adecuadamente con el recurso en su domicilio legal que es la ciudad de Cochabamba; 2) La Dirección de Investigación y Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE), incautó la motocicleta al comprobar que era un vehículo indocumentado, la remitieron a la Aduana donde se levantó el acta de intervención contravencional; 3) A solicitud de la Aduana, la Alcaldía de Sucre certificó que el motorizado no contaba con documentación, informando lo propio el Encargado de Informática de la Aduana; 4) La Aduana, emitió una Resolución sancionatoria de contrabando, autorizando el remate y subasta pública del motorizado, adjudicando la motocicleta al recurrente, el que corrió con los gastos de adquisición de la declaración única de importación; 5) Ya contando con la declaración, trató de obtener los papeles de propiedad en la Alcaldía de Sucre, donde se rechazó por existir doble inscripción; en consecuencia, solicita la anulación del remate a la Aduana, quienes determinaron dar curso a esa solicitud previa entrega del motorizado, lo que - a decir de la autoridad recurrida- a la fecha no sucedió ni el recurrente solicitó la restitución del dinero; 6) La Aduana, emitió la Resolución Administrativa (RA) 03094/06 por la que anula el proceso del remate, correspondiendo al interesado, solicitar ante las instancias correspondientes la restitución del dinero cancelado y la reposición del tributo; y, 7) El proceso administrativo, no concluyó porque el recurrente no acudió a la instancia del contencioso administrativo.