Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0379/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.3.
II.3. El 21 de diciembre de 2006, mediante memorial, P. P.A. B., C. P.A. J. y Germán Gadiel, Padilla Apaza, solicitaron se practicara la liquidación total de la asistencia familiar fijada mediante Auto de relación procesal de 1 de febrero de 1990 y modificada por Sentencia de 11 de agosto del mismo año, pidiendo además que se librara exhorto para ante el Juez de Partido de turno del Distrito Judicial de La Paz (fs. 7 vta.), reiterando dicha solicitud el 15 de enero de 2007, debido a que el demandado, actual recurrente, radicaba en la ciudad de La Paz. (fs. 9).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- d)
- f)
- g)
- 1.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- improcedente
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre el procesamiento indebido dentro de la acción de libertad.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR