Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0401/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.4.
II.4. La Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del referido Distrito Judicial, en suplencia legal del Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, a momento de considerar la cesación de detención preventiva solicitada por Marcelino Alejandro Huanca Argandoña y Emilio Anacleto Choque Aguilar, pronunció la Resolución 238/2007 de 24 de septiembre, disponiendo medidas sustitutivas a la detención preventiva a favor de los recurrentes (fs. 149 a 153).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre la falta de fundamentación de la imputación
- III.4.
- Fragmento 20
- .
- se refirió a los hechos que debían ser desvirtuados
- III.5.
- III.6.
- APROBAR