SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

i)

El abogado del recurrente, ratificó el contenido del recurso y lo amplió señalando que: i) La ley establece que, la autoridad jurisdiccional debe equilibrar el procedimiento civil con el laboral y establecer un plazo razonable hasta que terminen las auditorías; sin embargo, no lo hizo; ii) Existen dos precedentes importantes de las ciudades de Cochabamba y Cobija, en los cuales a los recurrentes se les dio la razón, porque en definitiva sólo están pidiendo un poco más de tiempo para el cumplimiento de las obligaciones; iii) El recurso de hábeas corpus, se activa porque existe una persecución inminente, objetivamente demostrada, conforme mandan las SSCC “152/2007” y “1579/2004”, “…porque existe un mandamiento de apremio expedido con inobservancia de lo que dispone una Ley de la República” (sic); iv) Solicitó que, según la línea seguida por otros distritos judiciales, se pueda dar un poco más de tolerancia al Liquidador, porque para efectuar el pago, se debe seguir un proceso administrativo; y, v) Pidió, finalmente, se declare procedente el recurso de hábeas corpus preventivo, cese la persecución indebida contra el recurrente y se deje sin efecto el mandamiento de apremio ordenado por la autoridad recurrida.