Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0422/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.3.
II.3. A través de los memoriales presentados el 12 de agosto de 2005 y el 29 de noviembre del mismo año, el recurrente reiteró su solicitud de devolución de 4000 metros de mezclilla incautados, señalando que pese al tiempo transcurrido desde su primera solicitud y de haber acreditado su legítimo derecho propietario sobre la misma, no le fue devuelta, ocasionándole graves perjuicios (fs. 7 a 10 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- APROBAR