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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0430/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0430/2010-R

    Fecha: 28-Jun-2010

    a)

    El abogado del recurrente, ratificó en su integridad los fundamentos del recurso y los amplió señalando que: a) El informe escrito, presentado por la autoridad recurrida, carece de fundamentación; y, b) Como medida precautoria, solicitó se disponga el suspenso del trámite de fondo del proceso penal hasta el pronunciamiento del Tribunal Constitucional.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • i)
    • concediendo
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Régimen procesal penal sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
    • III.4. Oportunidad y forma de resolver la extinción de la acción penal
    • III.5.1.
    • III.5.2.
    • III.5.3.
    • III.5.4.

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