SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0430/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0430/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

II.2.

II.2. El recurrente, presentó solicitud de extinción de la acción penal ante la Corte Suprema de Justicia el 18 de septiembre de 2004 (fs. 18 y vta.). En vista fiscal, el 20 del mismo mes y año, (fs. 19), el representante del Ministerio Público señaló que la solicitud formulada por el recurrente no cuenta con la fundamentación que determinó el AC 0079/2004-ECA, por lo que requirió que no se dé lugar a la extinción de la acción penal (fs. 21 a 22). Con dicho requerimiento, el recurrente fue notificado de manera personal el 4 de noviembre de ese año (fs. 23).