SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
fue en base al mismo fundamento jurídico, además que su pretensión o finalidad también son coincidentes, dejar sin efecto el remate
Así haya utilizado dos recursos diferentes en jurisdicciones distintas, una ordinaria y otra constitucional, y aunque el petitorio no sea idéntico, no obstante, fue en base al mismo fundamento jurídico, además que su pretensión o finalidad también son coincidentes, dejar sin efecto el remate. Lo cual significa que activó dos vías paralelas, demostrando así su temeridad, salvo que hubiese sido inducido en error, y quizá por ello no asistió a la audiencia de amparo a ratificar su demanda; no obstante, los efectos no pueden dejar de ser considerados, que en este caso, implica la no consideración ni análisis del fondo de la problemática denunciada de ser supuestamente ilegal, por cuanto el accionante ha violentado la naturaleza subsidiaria de esta acción tutelar. Aspecto que ratifica la denegación de la tutela.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Informe de las autoridades judiciales recurridas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- III.2. Delimitación de los ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- SC 0099/2010-R de 10 de mayo
- Fragmento 16
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- estando en trámite el indicado recurso
- fue en base al mismo fundamento jurídico, además que su pretensión o finalidad también son coincidentes, dejar sin efecto el remate
- denegado
- APROBAR